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Resolución que modifica las Disposiciones de Carácter General Aplicables a las Instituciones de Crédito en Materia de Control Interno

  • vmabogadosweb
  • 12 sept 2024
  • 1 Min. de lectura

El 14 de junio de 2024 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la “Resolución que modifica las Disposiciones de Carácter General Aplicables a las Instituciones de Crédito”, misma que tiene por objeto incluir disposiciones para fortalecer el control interno de las instituciones de crédito en materia de prevención, detección y respuesta oportuna de las conductas observables para la gestión de fraudes.

Entre otras cuestiones, en la Resolución se incorpora obligatoriamente el Monto Transaccional del Usuario, como insumo para la detección y prevención de eventos que se aparten de los parámetros de uso habitual de sus usuarios, mismo que podrá ser definido por el usuario en la celebración del contrato de apertura de cualquier cuenta, producto o servicio; o bien, en cualquier momento a través del servicio de Banca Electrónica.

Es importante precisar que, en términos de la Resolución, la institución de crédito deberá proveer lo necesario para que sus usuarios establezcan el Monto Transaccional del Usuario, empleando cualquier factor de autenticación determinado por dicha institución (si se realiza en medios electrónicos o mediante firma en oficinas o sucursales bancarias). En caso de que el usuario no establezca su Monto Transaccional del Usuario, entonces éste deberá ser estimado por la institución de conformidad con el historial de operaciones monetarias.

Finalmente, se establece que cuando el monto de una operación monetaria realizada a través de los servicios de Banca por Internet, Banca Telefónica Voz a Voz, Banca Telefónica Audio Respuesta y Banca Móvil sea mayor al Monto Transaccional del Usuario, las instituciones deberán requerir un factor de autenticación adicional.

 
 
 

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